El Fondo Solidario brinda un auxilio económico al aportante al cesar en su labor o a sus beneficiarios si fallece. El aporte mensual es del 3.5% de la Remuneración Pensionable Común (RPC). Su administración realiza actividades financieras para asegurar el pago oportuno de los beneficios.
La base legal del Fondo Solidario se establece en los Decretos Supremos N.° 041-1997 y N.° 048-1998, que regulan los beneficios, su cálculo y la administración del Fondo de Seguro de Cesación. Estas normas garantizan su funcionamiento y una gestión adecuada en beneficio de los aportantes y sus familias.