Fondo Solidario

El Fondo Solidario brinda un auxilio económico al aportante al cesar en su labor o a sus beneficiarios si fallece. El aporte mensual es del 3.5% de la Remuneración Pensionable Común (RPC). Su administración realiza actividades financieras para asegurar el pago oportuno de los beneficios.

Base legal

La base legal del Fondo Solidario se establece en los Decretos Supremos N.° 041-1997 y N.° 048-1998, que regulan los beneficios, su cálculo y la administración del Fondo de Seguro de Cesación. Estas normas garantizan su funcionamiento y una gestión adecuada en beneficio de los aportantes y sus familias.

Beneficios
  • Seguro de Cesación
  • Adelanto del Seguro de Cesación
  • Actualización del Adelanto (Reintegro)
  • Devolución de Aportes